Legalización de actividad

Legalización de una actividad

En este artículo describimos la forma de legalizar una actividad a través de la concesión de su licencia de actividad por el Ayuntamiento.

El trámite es obligatorio y previo para iniciar cualquier actividad en el espacio destinado a local o nave industrial. La solicitud de la licencia varía en función de la actividad a desarrollar y se debe tramitar ante el área de urbanismo del Ayuntamiento dónde radica el local o nave.

Los tipos de licencias que encontramos son:

Licencia de actividad. Solicitada para poder iniciar la actividad en el local / nave, oficina o edificio. Su concesión se decreta por el Ayuntamiento correspondiente y es aprobada por el mismo.

Licencia de funcionamiento. Es una licencia que autoriza el uso de los espacios a utilizar. Certifica que cumplen con la normativa reguladora en materia de seguridad, instalaciones, condiciones de seguridad, protección contra incendios, accesibilidad e higiénico sanitarias. La licencia de funcionamiento se dirige a actividades calificadas (molestas, ruidosas o contaminantes) en las que se exigen requisitos adicionales en materia de instalaciones, seguridad, etc.

Trámites

El trámite para la obtención de la licencia objeto de legalización de la actividad es por:

Trámite Ordinario, requiere de un proyecto técnico con obras de adecuación, memorias y establece unos plazos amplios de resolución.

La comunicación previa, que está destianda a licencias que no requieren de documentación técnica alguna.

Declaración responsable, en las que si se requiere de documentación técnica y un proyecto elaborado por un técnico. Es una declaración bajo propia responsabilidad del titular, y declara encontrarse en situación de cumplir con todos los requisitos normativos y de tener la documentación exigible para inciar de forma segura la actividad.

Presentación

La presentación de estas solicitudes se puede realizar por medios telemáticos habilitados por los órganos encargados del Ayuntamiento.

Las actividades que se encuentran exentas de solicitar la licencia de actividad son aquellas actividades profesionales o artesanales que se realizan en el domicilio. Con la condición de no ser molestas y que no exista una atención directa al público en ellos.